Llega la justicia dialogada: los MASC ofrecen soluciones más rápidas y económicas que los tribunales

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En vigor desde el pasado 2 de enero, la Ley Orgánica 1/2025 de España abre la puerta a una nueva expectativa: que los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) dejen de tener un papel secundario para consolidarse como una vía preferente en la resolución de conflictos civiles y mercantiles, previa a la vía judicial.

Bajo esta denominación se engloban mecanismos como la negociación, la mediación, la conciliación, el derecho colaborativo, la oferta vinculante confidencial y la opinión de persona experta independiente. Todos ellos comparten un mismo objetivo: resolver los conflictos mediante el diálogo, con o sin la intervención de un tercero imparcial. Estas fórmulas favorecen soluciones consensuadas, a menudo más satisfactorias, eficaces y sostenibles que una resolución impuesta por un juez.

Aunque los MASC no son nuevos, su implantación en España había sido tímida. Sin embargo, la reciente reforma cambia el escenario por completo: introduce un nuevo requisito de procedibilidad, es decir, en el ámbito civil y mercantil, las partes deberán acreditar haber intentado previamente una solución extrajudicial.

La citada Ley Orgánica 1/2025 de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia responde a una necesidad evidente: descongestionar los tribunales y ofrecer a la ciudadanía vías más rápidas, accesibles y colaborativas para resolver sus conflictos. Pero también responde a una transformación más profunda: una nueva forma de entender la justicia, en la que el diálogo y la autogestión del conflicto ocupan un lugar central.

Este cambio de paradigma ha sido objeto de análisis en mi libroLos medios adecuados de solución de controversias en el ámbito civil y mercantil. Especial referencia a la nueva regulación española de los MASC, donde se examina el nuevo marco legal en profundidad, situando la reforma española en el contexto europeo y aportando claves para comprender sus implicaciones, tanto para operadores jurídicos como para la ciudadanía.

¿Cómo afecta este cambio a los ciudadanos?

Desde la entrada en vigor de la ley, quien quiera presentar una demanda deberá demostrar que ha intentado previamente resolver el conflicto a través de un MASC.

Esto no significa que todos tengan que llegar a un acuerdo antes de acudir a juicio, pero sí que se debe haber hecho el intento de llegar al mismo. Esta novedad legal introduce el “requisito de procedibilidad”: no se puede avanzar hacia el juicio sin pasar antes por una fase previa de diálogo estructurado, es decir, el intento previo de solución acordada.

La participación en estos métodos sigue siendo voluntaria en esencia, pero con matices. Lo que exige la ley no es que las partes lleguen a un acuerdo, sino que den una oportunidad real al diálogo. Si una de ellas se niega sin justificación o acude de mala fe, eso podrá tener consecuencias procesales (por ejemplo, en las costas procesales).

Se trata, por tanto, de un cambio cultural tanto como jurídico: se busca promover una mentalidad más colaborativa donde el conflicto no sea sinónimo de confrontación.

¿Qué beneficios tiene este sistema?

Las ventajas son múltiples. Para los ciudadanos y empresas, los MASC suponen, entre muchos otros:

  • Menor coste económico y emocional: no es lo mismo una conversación guiada que un proceso judicial de años.

  • Mayor rapidez: los acuerdos pueden alcanzarse en semanas, frente a los meses o años que dura un procedimiento judicial.

  • Control del resultado: las partes pueden construir juntas la solución, en lugar de dejarla en manos de un juez.

  • Conservación de relaciones: muy importante en conflictos familiares, vecinales o empresariales, donde las partes deben seguir conviviendo o colaborando después del conflicto.

Para el sistema judicial, el uso extendido de los MASC libera recursos y permite que los tribunales se centren en los casos que realmente requieren una decisión judicial.

Una nueva cultura del acuerdo

Implementar esta reforma no implica solo modificar las leyes, sino transformar nuestra forma de entender y gestionar el conflicto. Para lograrlo, será esencial garantizar el acceso universal a los MASC, formar adecuadamente a los profesionales que los facilitan y, sobre todo, sensibilizar a la ciudadanía sobre la existencia de vías más humanas, eficaces y colaborativas para resolver sus diferencias.

En el fondo, la clave de todo está en la educación: solo si fomentamos desde edades tempranas una cultura del diálogo, el respeto y la escucha activa podremos construir una justicia verdaderamente accesible y transformadora.

Porque la justicia no siempre se encuentra en una resolución escrita, sino en el valor de mirarse a los ojos y buscar juntos una salida al conflicto. Cada acuerdo nacido del diálogo es, en sí mismo, una forma de justicia hecha a medida, consciente y duradera.

The Conversation

Maria Petronela Popiuc no recibe salario, ni ejerce labores de consultoría, ni posee acciones, ni recibe financiación de ninguna compañía u organización que pueda obtener beneficio de este artículo, y ha declarado carecer de vínculos relevantes más allá del cargo académico citado.


Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.

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