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Con el comienzo de las vacaciones estivales, el trafico se intensifica en las carreteras. Pronto tendrá lugar la primera operación salida del verano y con ella las habituales imágenes de atascos kilométricos. Pero también aumentan las imprudencias: excesos de velocidad, distracciones al volantes o maniobras prohibidas vuelven a ser las protagonistas.
En paralelo a ello, en España se quiere abordar un cambio legislativo para que la cuantía de las multas de tráfico sea proporcional al nivel de renta del infractor. La propuesta es que las sanciones sean progresivas y varíen en función de los ingresos de los conductores.
Así, un infractor que gane más de 100 000 euros sufriría un incremento del 500 %. Si se sitúa entre los 85 000 y 100 000 euros, la subida será del 300 %. Y entre los 70 000 y 80 000 euros, la multa será un 150 % más cara.
Por el contrario, si una persona tiene una renta de hasta 1,5 veces el salario mínimo (SMI), pagará un 30 % menos. Y si sus ingresos oscilan entre el 1,5 y 2,5 veces el SMI, la reducción será del 15 %.
Nuevos sistemas de vigilancia
Por ahora, es tan solo una propuesta, pero lo cierto es que desde hace algún tiempo la atención política se está centrando en las carreteras. Sobre todo, desde la llegada de la inteligencia artificial (IA) al ámbito vial.
En algunas ciudades europeas los nuevos sistemas de vigilancia del tráfico son capaces de detectar, gracias al uso de la IA, no solo si un conductor rebasa la velocidad permitida, sino también si se usa el móvil mientras se conduce, si alguien no lleva puesto el cinturón de seguridad o si se cumplen con los accesorios infantiles en el caso de que viajen menores.
Estos sistemas de control operan mediante un equipo (autosuficiente, al funcionar con energía solar) compuesto por diferentes cámaras de alta calidad y dotadas de un software de inteligencia artificial que son capaces de verificar todo lo que ocurre en las vías.
Las cámaras cuentan con visión infrarroja y una serie de lentes y filtros que permiten obtener imágenes totalmente nítidas del vehículo, la matrícula y sus ocupantes, ya sea de día o de noche, o en condiciones climáticas adversas. Lo realmente decisivo es que un solo equipo permite verificar diferentes circunstancias.
Graban el tráfico constantemente y si la IA identifica alguna contravención, envía automáticamente las imágenes al departamento que controla la seguridad vial. Mediante un procedimiento automatizado de filtraje de las imágenes, la inteligencia artificial capta a los conductores que no están respetando las normas, en función de los parámetros que se le han introducido.
Incluso mediante la lectura de la matrícula se puede sancionar al titular del vehículo por no estar al corriente en el pago de sus impuestos o por no contar con el seguro obligatorio de circulación, ya que la información se cruza con diferentes bases de datos.
Una escueta regulación
La utilización de la inteligencia artificial en las carreteras españolas está siendo paulatina. No obstante, la Dirección General de Tráfico (DGT) ya ha puesto sus miras en esta tecnología y pretende que esté presente en la gran mayoría de las vías.
En España, los sistemas de videovigilancia inteligentes de control de tráfico se regula en una disposición adicional de la Ley Orgánica 4/1997 sobre utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Esto es, en la puerta de salida de la norma.
Lo único que establece la misma es que la instalación y uso de estos equipos (utilicen inteligencia artificial o no) se debe realizar por la autoridad encargada de la regulación del tráfico, cumpliendo con los fines legalmente previstos y respetando la normativa sobre protección de datos, el derecho al honor, la intimidad y la propia imagen.
Una escueta regulación que da a entender que el Legislador los considera bastante inocuos en su repercusión con los derechos de los ciudadanos. Claro está, que cuando se promulgó la mencionada ley no se pensaba en la llegada de la IA al tráfico y de sus múltiples posibilidades.
¿Hacia una sociedad hipervigilada?
La información que recopilan estos sistemas inteligentes son su piedra angular. Especialmente relevante será cuando se integren múltiples fuentes de datos procedentes de las cámaras instaladas en las vías públicas, de sensores del mobiliario urbano, de los sistemas de navegación de vehículos, etc.
Además, si las multas, finalmente, son progresivas, la Dirección General de Tráfico necesitará contar con los datos que le proporcione la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. Todo ello podría desembocar en una vigilancia masiva por parte del poder público.
Ante este escenario, muchas voces han alertado de las graves consecuencias que una sociedad “hipervigilada” puede tener para las libertades públicas. La proliferación de sistemas de videocámaras inteligentes encierran un potencial peligro en la medida en la que el Estado haga acopio de multitud de datos de sus ciudadanos, recopilados en diferentes bases públicas que, unido a las técnicas del big data, desemboque en una especie de “gran hermano”.
Es cierto que en la captación y grabación de imágenes en las carreteras existe la figura mediata del vehículo y esto asegura un cierto grado de “privacidad” al individuo. Sin embargo, la omnipresencia de sistemas de videovigilancia en la esfera pública aumentará la información de los ciudadanos en poder del Estado (así como de terceros, si prestan estos servicios). El cruce de todos los datos personales para cumplir con fines legítimos puede conllevar situaciones cuestionables.
Posiblemente en unos años la sociedad viva rodeada de cámaras inteligentes que en cuestión de segundos realicen interconexiones, permitiendo rastrear actitudes de los ciudadanos en función de distintos criterios. Y aunque esto puede tener grandes beneficios para garantizar la seguridad ciudadana, también puede conllevar graves riesgos como un monitoreo constante de los individuos.
Por ello, aunque el uso de la inteligencia artificial puede convertirse en una herramienta de gran valor para cumplir con determinados fines, es necesario una normativa adaptada a las circunstancias actuales y al desarrollo futuro de esta técnica que establezca seguridad jurídica y garantice los derechos y libertades fundamentales de los individuos.

José Alberto España no recibe salario, ni ejerce labores de consultoría, ni posee acciones, ni recibe financiación de ninguna compañía u organización que pueda obtener beneficio de este artículo, y ha declarado carecer de vínculos relevantes más allá del cargo académico citado.
Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.